Menú

Conviértete en Guardia del Servicio de Protección Federal

Suscribirte para recibir noticias

Recibe las noticias en tu correo.

Compartir

La Subdirección de Promoción Empresarial, Empleo y MYPIMES, te invita a unirte a nuestra fuerza como Guardia del Servicio de Protección Federal. ¿Qué necesitas para unirte a esta convocatoria? Aquí te decimos todos los requisitos para acreditar el perfil:

  • Tener entre 18 y 65 años
  • Escolaridad: Secundaria terminada
  • Estatura (sin calzado): Mujeres: 1.50m y Hombres: 1.60m
  • Cartilla del Servicio Militar liberada (hombres)
  • No estar suspendido o inhabilitado ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público
  • Disponibilidad para viajar
  • No tener tatuales visibles
  • Disponibilidad permanente para cambio de residencia al interior de la República Mexicana
  • Percepción mensual neta de $10,372.86
    En cuanto a documentación necesitaras presentar:
  • Acta de nacimiento
  • Comprobante de último grado de estudios
  • Comprobante de domicilio (no mayor a 60 días)
  • Identificación INE o pasaporte vigente
  • Cartilla del Servicio Militar Liberada (Cartilla y Hoja de liberación en la misma fotocopia)
  • Currículo con fotografía vigente
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • CURP
  • Dos referencias personales, dos vecinales y dos laborales
  • 1 fotogratia reciente tamaño infantil
    Si cumples con todos los requisitos, te esperamos el 28 y 29 de abril de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde afuera de las oficinas de la Subdirección de Promoción Empresarial, Empleo y MYPIMES en el patio central de los edificios anexos del Ayuntamiento de Naucalpan de Juárez.
Facebook
Twitter
Pinterest
LinkedIn
Categorias

Deje su comentario

8 − cinco =

El contenido del sitio ha sido modificado temporalmente en atención a las disposiciones legales y normativas en materia electoral.

*De acuerdo con lo establecido en los articulos 209, numeral 1,449, párrafo 1, inciso c) de la ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 71 párrafo cuarto, 261 párrafo segundo, 456 fracción ll, del Código Electoral del Estado de México, en relación del articulo 41 fracción lll, apartado C y 134, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.